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Recuerde que a partir del 7 de julio se prohibirá la distribución de plásticos de un solo uso

El objetivo de dicha ley es reducir los desechos de plásticos e impulsar alternativas ecológicas en la población y en el comercio.

M-Ambiente

01 de julio

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Con el fin de reducir el impacto ambiental y fomentar el uso de medidas en pro del medio ambiente, se aprobó la Ley 2232 de 2022 que prohíbe la distribución en Colombia de plásticos de un solo uso. Esta medida comenzará a regir este 7 de julio y aplicará para estos productos:

- Las bolsas plásticas en puntos de pago.

- Las bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.

- Los rollos de bolsas vacías en superficies comerciales, es decir, las bolsas en las que se echan las verduras, frutas y tubérculos en tiendas y supermercados.

- Los mezcladores y pitillos para bebidas.

- Los soportes plásticos para inflar bombas.

- Los soportes plásticos para los copitos de algodón utilizados en la limpieza de los oídos.

Adicionalmente, pitillos y mezcladores para bebidas entran en esta lista, por lo que su distribución en comercios estará prohibida.

Sin embargo, habrá excepciones de bolsas plásticas como las que sirven para contener de residuos peligrosos, los de madera, fibras textiles, bolsas para la basura y para los desechos de mascotas.

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